Escuela Oficial de Idiomas de San Fernando

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Otros trámites

Otros trámites

Todas las solicitudes se realizarán preferentemente a través del Registro Electrónico de Entrada de la Secretaría Virtual .

Se accede al servicio en el siguiente enlace. Pinche aquí.

A continuación tendrá que identificarse con sus credenciales de Pasen, su certificado digital o la autenticación Cl@ve. 

Al acceder le pedirá datos del centro: nombre E.O.I. San Fernando; código del centro 11700639

Se abre un  “Expone Solicita” en el cual puede detallar el trámite que quiere realizar. 

Debe adjuntar la solicitud rellenada y firmada y una copia del DNI.

SOLICITUD GENERAL:

– Solicitud general

MENORES:

Estas documentos también se pueden encontrar en “Información –  Información para familias alumnado menor”

– Justificante de Asistencia/ No Asistencia a una actividad extraescolar programada.

– Justificante falta de asistencia o retraso alumnado menor.

-Autorización salida anticipada del centro alumnado menor.

ADMISIÓN

– Alegación y aportación documentación para admisión.

CAMBIO DE GRUPO:

-Solicitud cambio de grupo.  Tras el periodo de permuta, en el caso de no obtener plaza en el grupo solicitado, se abrirá un plazo de cambio de grupo. Se deberá aportar la siguiente documentación: solicitud y documentación justificativa de la imposibilidad de acudir al grupo actual.  NO DEBE empezar a asistir al grupo solicitado antes de recibir la concesión del cambio, lo cual se comunicará por Pasen. 

REVISIÓN DE CALIFICACIONES Y SOLICITUD PARA ELEVAR RECLAMACIÓN A LA DELEGACIÓN TERRITORIAL:

– Solicitud revisión de calificaciones  (a entregar en la Secretaría del Centro en el plazo de 3 días hábiles desde la fecha de la publicación de los resultados).

– Solicitud para elevar la reclamación sobre la calificación final obtenida a la Delegación de Educación de Cádiz al persistir desacuerdo después de recibir la respuesta del departamento correspondiente (ver solicitud anterior). Plazo: dos días hábiles desde la última comunicación del centro.

CARNÉ DEL ALUMNADO (ir a pestaña en Secretaría – Carné de estudiante)

TASAS ADMINISTRATIVAS 2024:

 

 

  1 idioma

2 idiomas 

3 idiomas

Ordinaria

Familia Num

Ordinaria

Familia Num

Ordinaria

Familia Num

 Nuevo alumnado

78,24 €

39,12 €

126,38 €

63,19 €

174,52 €

87,26 €

 Antiguo alumnado

56,74 €

28,37 €

104,88 €

52,44 €

153,02€

76,51 €

Alumnado ya matriculado en CAPE

48, 14 €

24,07 €

    

TASAS TÍTULOS:

Ordinaria

Familia Num

26,92 €

13,46 €

 

 

DESGLOSE DE TASAS MATRICULACIÓN

 

 

Nuevo Alumnado

 Antiguo Alumnado

Ordinaria

Familia Num

Ordinaria

Familia Num

Apertura de expediente

21,50 €

10,75 €

0 €

0 €

Idioma por curso

48,14 €

24,07 €

48,14 €

24,07 €

Servicios Generales

8,60 €

4,30 €

8,60 €

4,30 €

Total

78,24 €

39,12 €

56,74 €

28,37 €

 

 

 

CURSOS CAPE TASAS MATRICULACIÓN

 

 

Ordinaria

Familia Num

Nuevo alumnado

54,17 €

27,90 €

Antiguo alumnado de otra EOI en Andalucía

32,67 €

16,34 €

Alumnado ya matriculado en esta EOI en un idioma

24,07 €

12,35 €

* BONIFICACIÓN EN LAS TASAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
ANDALUCÍA POR LA UTILIZACIÓN DE MEDIOS TELEMÁTICOS PARA SU PRESENTACIÓN Y PAGO

Los sujetos pasivos de las tasas de la Comunidad Autónoma de
Andalucía que presenten las correspondientes autoliquidaciones y realicen el
pago de su importe por medios electrónicos, tendrán derecho a una bonificación
del 10% sobre la cuota a ingresar por cada autoliquidación presentada, con un
límite mínimo de bonificación de 3 euros y máximo de 70 euros, sin que pueda
resultar una cuota tributaria negativa como consecuencia de dicha
bonificación. (Art. 78 redactado por la disposición final quinta de la
Ley 3/2019, 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
del año 2019 (
«B.O.J.A» 24 de julio)).

Para acogerse a esta bonificación, será imprescindible
seleccionar la casilla que indica «Solicita la bonificación sobre la
tasa por la utilización de medios electrónicos para su presentación y pago
según el Artículo 78 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se
aprueban medidas fiscales y administrativas en su nueva redacción dada por la
Disposición Final Quinta de la Ley 3/2019, 22 de julio, del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para al año 2019.»